Anticipo
Anticipo (C-5)
Garantiza la correcta aplicación del anticipo que a cuenta del contrato recibe el fiado, y estará vigente desde su otorgamiento hasta la total amortización del mismo.
Debe otorgarse por el 100% del anticipo, el cual no debe ser mayor al 20% del valor del contrato en contrataciones de obras y no mayor del 10% cuando se trate de servicios de consultoría.
Se puede hacer efectiva la fianza al detectar el beneficiario el uso incorrecto del anticipo.

